Maestría en:
Nutrición de Rumiantes
DISPOSICIONES REFERIDAS A LOS CRÉDITOS OBLIGATORIOS PARA LOS ESTUDIOS DE MAESTRÍA
Disposiciones generales:
1) Se exigirán créditos obligatorios en conocimientos de carácter general para la formación científica de un magíster y común a todas las orientaciones, tales como: Bioestadística; Introducción a la investigación científica; Redacción y comunicación científica y Experimentación y Bienestar Animal. Estos conocimientos representarán como mínimo un 10% (6 créditos) de los créditos adjudicados a los cursos de maestría (60 créditos), dependiendo del nivel de formación del maestrando y a criterio fundamentado del Director de Tesis.
2) Se exigirán créditos obligatorios en conocimientos específicos de cada orientación y estos representarán como mínimo un 50% (30 créditos) de los créditos adjudicados a los cursos de maestría (60 créditos).
Disposiciones particulares para las orientaciones:
1) Reproducción Animal: Los créditos obligatorios específicos se obtendrán en conocimientos sobre Endocrinología y Fisiología de la Reproducción.
2) Nutrición de Rumiantes: Los créditos obligatorios específicos se obtendrán en conocimientos sobre Alimentos, Nutrición, Fisiología digestiva y Metabolismo.
3) Producción Animal: Los créditos obligatorios específicos se obtendrán en conocimientos sobre Sistemas Productivos, Nutrición y Fisiología de la Reproducción y Productos de Rumiantes, carne, leche y lana.
4) Salud Animal: Los créditos obligatorios específicos se obtendrán en conocimientos sobre Patología de Rumiantes, Sanidad, Diagnóstico y Epidemiología.
En cada caso el Director de Tesis en acuerdo con el maestrando elevará al CAMD para su consideración y aprobación, en forma fundamentada la índole de los créditos obligatorios obtenidos tanto en conocimientos de carácter general como específicos de la orientación elegida.
En los casos en que se considere pertinente el CAMD podrá asesorarse designando una Comisión Específica Ad. hoc, integrada por docentes de maestría y doctorados de la orientación elegida o por especialistas de reconocida trayectoria en la materia residentes en el país o en el extranjero.
Criterios aprobados por el CAMD
- Los créditos necesarios para la obtención de la Maestría son 100. De ellos 60 se podrán obtener por actividades curriculares, de los cuales por lo menos 40 deberán ser obtenidos en cursos y hasta 20 serán acreditables por otras actividades (pasantías, publicaciones, concursos, otros).
- La Tesis genera 40 créditos. Para esto deberá incluir un artículo científico que esté enviado o aceptado para su publicación en una revista arbitrada. El mismo deberá ser incluido como anexo en la Tesis, por lo que formará parte del documento final de la misma.
Los estudiantes que se encuentren cursando la maestría actualmente podrán optar por mantenerse en el sistema actual (70 créditos de cursos y 30 de tesis, sin obligación de incluir un artículo) o cambiar a este nuevo sistema de créditos. Para ello deberán comunicarlo a la Oficina de Posgrado antes de la presentación de la tesis para su defensa.
Comité Académico de Maestrías y Doctorados, Director de Posgrados
DocentesEl Cuerpo Docente de Posgrados se encuentra en:
http://www.fvet.edu.uy/index.php/ensenanzaposgrados/posgrados/organizacion/investigadores-del-programa
Servicios: Facultad de Veterinaria
Nivel de formación: Maestría
Duración (en meses): 24 meses
Requiere tesis: Si
Créditos de cursos: 60
Créditos de tesis: 30
Plan: 2003
Lugar de inscripción: Facultad de Veterinaria, Oficina de Posgrados
Cobro de derechos universitarios: No
Tipo de postulación: Continua,
Estado de la inscripción: En curso (sin fecha de cierre)
*La información presente en esta sección es responsabilidad del servicio que administra este posgrado.
Las inscripciones se recibirán anualmente de marzo a noviembre en la Oficina de Posgrado, Facultad de Veterinaria, Tel. 1903 int. 2351/2352, posgrado@fvet.edu.uy